Ir al contenido principal

Iniciativa del Congreso de Edomex para agravar las penalidades en los delitos de discriminación y acceso ilícito a sistemas "Uso de TIC" Código Penal Federal

Se transcribe iniciativa:

DEL CONGRESO DEL ESTADO DE MÉXICO, CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO PENAL FEDERAL.


Toluca de Lerdo, México, a 12 de febrero de 2016.

Secretarios de la Cámara de Diputados del Honorable Congreso de la Unión

Presente

Tenemos el honor de dirigirnos a ustedes para comunicarles que, en sesión de esta fecha, la honorable LIX” Legislatura del estado de México tuvo a bien aprobar iniciativa de decreto al Congreso de la Unión, para adicionar diversas disposiciones al Código Penal Federal, conforme a la iniciativa y dictamen que se adjuntan.

Sin otro particular, les reiteramos nuestra distinguida consideración.

Atentamente

Diputada Nélyda Mociños Jiménez (rúbrica)

Diputado Óscar Vergara Gómez (rúbrica)

Diputado César Reynaldo Navarro de Alba (rúbrica)

Secretarios


LIX Legislatura del Estado de México

Iniciativa al Congreso de la Unión

Único. En ejercicio del derecho de iniciativa .previsto en el artículo 71, fracción III, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 61, fracción VII, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y en su correlativo 38, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de México, preséntese ante el honorable Congreso de la Unión, iniciativa de decreto que adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal, conforme a la siguiente

Exposición de Motivos

En términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la seguridad pública es una función a cargo de la Federación, los estados y los municipios, que comprende la prevención de los delitos, la investigación y persecución para hacerla efectiva, así como la sanción de las infracciones administrativas, en los términos de la ley y en las respectivas competencias que la propia Constitución enmarca, por lo que las actuaciones de las instituciones de seguridad pública se deberán regir por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

El Código Penal Federal, publicado el14 de agosto de 1931 en el Diario Oficial de la Federación, es el conjunto de normas legales y sistemáticas que regulan de forma unitaria las normas jurídicas punitivas del Estado al determinar los delitos, penas y medidas de seguridad, para hacer frente a la diversidad de delitos que en la actualidad nos aquejan, para salvaguardar los bienes jurídicamente protegidos, por el Estado y reprimir aquellas conductas antijurídicas, y preservar la seguridad jurídica.

El desarrollo de nuevas tecnologías ha traído consigo grandes e incontables beneficios, generando eficiencia y rapidez y con ello, ahorro de tiempo y recursos. No obstante, también se han abierto las puertas a nuevas posibilidades de delincuencia, a través de las cuales es posible ocasionar grandes pérdidas económicas o causar importantes daños materiales o morales de índole que atente contra la dignidad humana como es el caso de la discriminación. En este sentido, esta soberanía propone hacer frente a los delitos cometidos en medios informáticos, por lo que resulta necesario que dicho ordenamiento se adecúe a las exigencias que más preocupan hoy en día a nuestra sociedad. Por ello y en congruencia con las diversas acciones de gobierno en esta materia, se hace indispensable contar con un tipo penal que contemple las acciones delictivas llevadas a cabo por medios informáticos, electrónicos y de comunicación, ya que las conductas se han transformado de antisociales para ser antijurídicas.

Por tal razón, es necesario reformar el Código Penal Federal, con el objeto primordial de agravar las penalidades cuando en la comisión de delitos se usen indebidamente bienes, instrumentos, aplicaciones, medios u objetos derivados de la tecnología.

La presente Iniciativa adiciona diversas disposiciones al Código Penal Federal, por lo que se somete a consideración de ese honorable Congreso de la Unión el siguiente

Proyecto de Decreto

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión Decreta:

Artículo Único: Se reforman los párrafos quinto y sexto del artículo 149 Ter, se adiciona un séptimo párrafo al artículo 149 Ter y un tercer párrafo al artículo 211 Bis 1 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 149 Ter. ...

I. a III. ...

...

...

...

Cuando para las conductas a las que se refiere este artículo, se publiquen audios, imágenes o videos destinados a denigrar o dañar a una persona o grupo de personas, utilizando medios electrónicos de comunicación alámbrica o inalámbrica, la pena se incrementará en dos tercios.

Asimismo, se incrementará la pena cuando los actos discriminatorios limiten el acceso a las garantías jurídicas indispensables para la protección de todos los derechos humanos.

Este delito se perseguirá por querella.

Artículo 211 Bis 1. ...

...

Al que sin derecho y sin consentimiento de su titular adquiera información confidencial como contraseñas, claves, nombres de usuario o cualquier otra que permita el acceso a cuentas bancarias, o de correo electrónico, que los identifique como titulares de tales cuentas sin serio, para uso indebido de estas, se le impondrán de tres a cinco años de prisión y de treinta a ciento veinticinco días multa.

Transitorios

Primero. Publíquese la presente decreto en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Tercero. Se derogan las disposiciones de igualo menor jerarquía que se opongan al presente decreto.

Dado en el Palacio Legislativo de San Lázaro, México, DF, a __ del mes de _____ 2016.

TRANSITORIOS

Primero. Publíquese la iniciativa de decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.

Segundo. Remítase a la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del estado de México, a los doce días del mes de febrero del año dos mil dieciséis.

Presidente

Diputado Mario Salcedo González (rúbrica)

Secretarios

Diputada Nélyda Mociños Jiménez (rúbrica)

Diputado Óscar Vergara Gómez (rúbrica)

Diputado César Reynaldo Navarro de Alba (rúbrica)

Fuente:
Gaceta Parlamentaria, año XIX, número 4471, jueves 18 de febrero de 2016
Anexo I Comunicaciones Oficiales e Iniciativas
Del Congreso del Estado de México, con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal.

@JonathanLpezTor | mx.jonathantorres@gmail.com

Entradas populares de este blog

Iniciativa que adiciona diverso artículo a la Ley de Instituciones de Crédito en materia de notificaciones electrónicas de operaciones bancarias

@JonathanLpezTor Que adiciona el artículo 48 Bis 6 a la Ley de Instituciones de Crédito, a cargo de la diputada Ana María Boone Godoy, del Grupo Parlamentario del PRI. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 6, fracción I, del Reglamento de la Cámara de Diputados y demás disposiciones jurídicas aplicables, la suscrita, diputada Ana María Boone Godoy, integrante del Grupo Parlamentario del PRI de la LXIII Legislatura, somete a consideración de esta honorable soberanía la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que crea el artículo 48 Bis 6 de la Ley de Instituciones de Crédito.                                                             Exposición de Motivos La seguridad y estabilidad del sistema bancario es una prioridad fundamental para la ciudadanía; los ahorros de la gente que representan sus sueños y el fruto de su trabajo merecen toda la protección y la certeza que

Iniciativa en materia de delitos informáticos, evidencias digitales y medidas de cooperación internacional para combatir el ciberdelito.

@JonathanLpezTor Que reforma y adiciona diversas disposiciones de los Códigos Penal Federal, y Nacional de Procedimientos Penales, suscrita por la diputada Sofía González Torres e integrantes del Grupo Parlamentario del PVEM y el diputado Waldo Fernández González, del PRD. Quienes suscriben, diputada Sofía González Torres y diputados federales integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, así como el diputado Waldo Fernández González, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y por los artículos 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78, del Reglamento de la Cámara de Diputados, sometemos a consideración de esta asamblea la presente iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones del Código Penal Federal y del Código Nacional de Procedimien

Iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, en materia de sistemas de aeronaves pilotadas a distancia (drones).

@JonathanLpezTor Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Aviación Civil, a cargo de la diputada Claudia Edith Anaya Mota, del Grupo Parlamentario del PRI. La suscrita, Claudia Edith Anaya Mota, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional en la LXIII Legislatura, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 3, numeral 1, fracción VIII, 6, numeral 1, fracción I, 77 y 78 del Reglamento de la Cámara de Diputados, tiene a bien someter a consideración de esta soberanía iniciativa con proyecto de decreto, al tenor del siguiente Planteamiento del problema En la actualidad es cada vez más común el uso de tecnologías en las actividades cotidianas de la sociedad; principalmente en materia de comunicaciones, en las esferas productivas, el comercio, la forma en que se desempeñan algunas profesiones, el tiempo que ocupa realizarlas y el tiempo que